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Consulta del censo electoral y reclamaciones - Elecciones Extremadura

Consulta del censo electoral y reclamaciones.

Durante el período 3 al 10 de noviembre de 2025 estará disponible en Internet un SERVICIO DE CONSULTA para que los/as electores/as puedan comprobar los datos de su inscripción en el censo electoral.

También podrá realizarse la consulta en el Ayuntamiento, en el Consulado correspondiente a su lugar de residencia, en la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral ubicada en Avda. Ruta de la Plata, 12, 10001 Cáceres, o llamando al teléfono 900 343 232.

a) Presencialmente; acreditándose mediante DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia.

b) Telefónicamente; únicamente se confirmarán los datos que facilite el ciudadano. Si coinciden los datos de identificación y de domicilio aportados por el elector con los que figuran en el censo electoral, se le podrá informar sobre la mesa y local electoral. Si no coincide alguno de los datos aportados se le informará que no figura con esos datos y que si desea más información deberá solicitarla personalmente en este Ayuntamiento

Solo podrán ser tenidas en cuenta las RECLAMACIONES que se refieran a la rectificación de errores en los datos personales, a los cambios de domicilio dentro de una misma circunscripción o a la no inclusión del reclamante en ninguna Sección del Censo de la circunscripción pese a tener derecho a ello.

También serán atendidas las solicitudes de los electores que se opongan a su inclusión en las copias del censo electoral que se faciliten a los representantes de las candidaturas para realizar envíos postales de propaganda electoral.

NO SERÁN TENIDAS EN CUENTA para la elección convocada las que reflejen un cambio de residencia de una circunscripción a otra, realizado con posterioridad a la fecha de cierre del censo para cada elección, debiendo ejercer su derecho en la sección correspondiente a su domicilio anterior.

Las reclamaciones podrán presentarse directamente en la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral (Avda. Ruta de la Plata,12; bajo - 10001 Cáceres) o a través de la Secretaria del Ayuntamiento, o Consulados.

La Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, en un plazo de tres días, resolverá las reclamaciones presentadas y ordenará las rectificaciones pertinentes. Se notificará la resolución adoptada a cada uno de los reclamantes y a los Ayuntamientos y Consulados correspondientes.

La Oficina del Censo Electoral remitirá a todos los electores una tarjeta censal con los datos actualizados de su inscripción en el censo electoral y de la Sección y Mesa en la que le corresponde votar, y comunicará igualmente a los electores afectados las modificaciones de Secciones, locales o Mesa.

Artículo 39 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.

EL ALCALDE

Fdo.- Luis Miguel Núñez Romero

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